Gestión Plantas Solares

Gestión administrativa, contable y fiscal.

 

Desde Gestión de Plantas Solares según el tipo de empresa que dispongas, prestamos los siguientes servicios:

Personas Jurídicas: Sociedades, Asociaciones y Fundaciones

Contabilidad

Las obligaciones contables para el caso de personas jurídicas se ajustan a la normativa vigente en materia contable del Código de Comercio y en base al Plan General Contable vigente en cada momento.

Se elaboran los siguientes Estados Contables:

  • Libro Diario
  • Libro Mayor
  • Balance de Sumas y Saldos
  • Balance de Situación
  • Cuenta de Pérdidas y Ganancias
  • Estado de Cambios en el Patrimonio Neto de la Sociedad, si procede
  • Estado de Flujos de Efectivo, si procede

Impuestos

Las obligaciones contables para el caso de personas jurídicas se ajustan a la normativa vigente en materia contable del Código de Comercio y en base al Plan General Contable vigente en cada momento.

Se elaboran los siguientes Estados Contables:

Impuesto sobre el Valor Añadido:

Modelo 303 trimestral y modelo 390 anual

Impuesto sobre Sociedades, pagos a cuenta:

Meses de abril, octubre y diciembre: Modelo 202, si procede.

Retenciones e ingresos a cuenta de trabajadores y profesionales:

Modelo 111 trimestral y modelo 190 anualsi procede.

Impuesto sobre Sociedades:

Modelo 200 (Sociedades)

Retenciones e ingresos a cuenta:

Rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos: Modelo 115 trimestral y modelo 180 anual, si procede.

Personas Físicas: Autónomos

Contabilidad

En Gestión de Plantas Solares somos muy rigurosos en cuanto a las obligaciones contables. Para el caso de PERSONAS FISICAS con actividad económica se definen por la normativa vigente en materia contable del Código de Comercio y de la Agencia Tributaria. La gestión contable realizada para el empresario se ajusta a esta definición.

Por abaratamiento de costes para el cliente, la contabilidad que se lleva a cabo para empresarios personas físicas es la simplificada que contempla dicho Código de Comercio y que permite la Agencia Tributaria.

A tal efecto se cumplimentan los siguientes Libros Contables, requeridos por dicho Código de Comercio y susceptible de ser solicitados por la Agencia Tributaria, en el caso de Inspección:

  • Libro Registro de Ingresos / Facturas Emitidas
  • Libro Registro de Gastos / Facturas Recibidas
  • Libro Registro de Bienes de Inversión

Impuestos

A partir de la realización de la contabilidad elaboramos las liquidaciones de impuestos que correspondan, aunque normalmente serán los siguientes:

Impuesto sobre el Valor Añadido:

Modelo 303 trimestral y modelo 390 anual

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, pagos fraccionados a cuenta:

Modelo 130 (Autónomos)

Retenciones e ingresos a cuenta de trabajadores y profesionales:

Modelo 111 trimestral y modelo 190 anualsi procede.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas:

Modelo 100 (Autónomos)

Retenciones e ingresos a cuenta:

Rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos: Modelo 115 trimestral y modelo 180 anual, si procede.

Registro Mercantil y Asuntos Societarios

Prestamos, adicionalmente, los siguientes servicios:

  • Formulación ANUAL de Cuentas Anuales
  • Legalización ANUAL de Libros Contables
  • Legalización ANUAL de Libros Societarios
  • Elaboración de la Memoria Anual de la Sociedad
  • Certificado de aprobación de cuentas anuales
  • Depósito de las Cuentas Anuales y Memoria de la Sociedad.

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