Gestión Plantas Solares
Gestión administrativa, contable y fiscal.
Desde Gestión de Plantas Solares según el tipo de empresa que dispongas, prestamos los siguientes servicios:
Personas Jurídicas: Sociedades, Asociaciones y Fundaciones
Contabilidad
Las obligaciones contables para el caso de personas jurídicas se ajustan a la normativa vigente en materia contable del Código de Comercio y en base al Plan General Contable vigente en cada momento.
Se elaboran los siguientes Estados Contables:
- Libro Diario
- Libro Mayor
- Balance de Sumas y Saldos
- Balance de Situación
- Cuenta de Pérdidas y Ganancias
- Estado de Cambios en el Patrimonio Neto de la Sociedad, si procede
- Estado de Flujos de Efectivo, si procede
Impuestos
Las obligaciones contables para el caso de personas jurídicas se ajustan a la normativa vigente en materia contable del Código de Comercio y en base al Plan General Contable vigente en cada momento.
Se elaboran los siguientes Estados Contables:
Impuesto sobre el Valor Añadido:
Modelo 303 trimestral y modelo 390 anual
Impuesto sobre Sociedades, pagos a cuenta:
Meses de abril, octubre y diciembre: Modelo 202, si procede.
Retenciones e ingresos a cuenta de trabajadores y profesionales:
Modelo 111 trimestral y modelo 190 anual, si procede.
Impuesto sobre Sociedades:
Modelo 200 (Sociedades)
Retenciones e ingresos a cuenta:
Rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos: Modelo 115 trimestral y modelo 180 anual, si procede.
Personas Físicas: Autónomos
Contabilidad
En Gestión de Plantas Solares somos muy rigurosos en cuanto a las obligaciones contables. Para el caso de PERSONAS FISICAS con actividad económica se definen por la normativa vigente en materia contable del Código de Comercio y de la Agencia Tributaria. La gestión contable realizada para el empresario se ajusta a esta definición.
Por abaratamiento de costes para el cliente, la contabilidad que se lleva a cabo para empresarios personas físicas es la simplificada que contempla dicho Código de Comercio y que permite la Agencia Tributaria.
A tal efecto se cumplimentan los siguientes Libros Contables, requeridos por dicho Código de Comercio y susceptible de ser solicitados por la Agencia Tributaria, en el caso de Inspección:
- Libro Registro de Ingresos / Facturas Emitidas
- Libro Registro de Gastos / Facturas Recibidas
- Libro Registro de Bienes de Inversión
Impuestos
A partir de la realización de la contabilidad elaboramos las liquidaciones de impuestos que correspondan, aunque normalmente serán los siguientes:
Impuesto sobre el Valor Añadido:
Modelo 303 trimestral y modelo 390 anual
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, pagos fraccionados a cuenta:
Modelo 130 (Autónomos)
Retenciones e ingresos a cuenta de trabajadores y profesionales:
Modelo 111 trimestral y modelo 190 anual, si procede.
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas:
Modelo 100 (Autónomos)
Retenciones e ingresos a cuenta:
Rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos: Modelo 115 trimestral y modelo 180 anual, si procede.
Registro Mercantil y Asuntos Societarios
Prestamos, adicionalmente, los siguientes servicios:
- Formulación ANUAL de Cuentas Anuales
- Legalización ANUAL de Libros Contables
- Legalización ANUAL de Libros Societarios
- Elaboración de la Memoria Anual de la Sociedad
- Certificado de aprobación de cuentas anuales
- Depósito de las Cuentas Anuales y Memoria de la Sociedad.